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PATENTE UNITARIA: 10 Conceptos Clave
PATENTE UNITARIA: 10 Conceptos Clave
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Cada vez queda menos para que tengamos el sistema de Patente Unitaria en vigor, pero quedan muchas dudas sobre la mesa y conceptos importantes que es vital tener claros. Por ello, a continuación encontrarás de manera clara y detallada los 10 conceptos claves sobre la Patente Unitaria que no puedes pasar por alto.

1. ¿Qué es la Patente Unitaria?

Es un Sistema Unificado que hará posible, para cualquier titular de una Patente Europea (EP), obtener la protección de su patente en hasta 25 estados miembros de la Unión Europea a través de un único trámite post – concesión en contraposición al sistema de validaciones actual.

2. ¿Qué países forman parte del acuerdo de Patente Unitaria?

A mayo de 2022 son 25 países:
Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, República checa, Dinamarca, Estonia, Finlandia, Francia, Alemania, Grecia, Hungría, Irlanda, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países bajos, Polonia, Portugal, Rumanía, Eslovaquia, Eslovenia y Suecia.

España no forma parte del acuerdo, pero ¿pueden los titulares españoles acogerse al sistema de Patente Unitaria?

, los titulares procedentes de países no firmantes (como es el caso de España) puede acogerse al sistema de la Patente Unitaria para los países que sí lo han ratificado.

3. ¿Supondrá algún cambio en el procedimiento pre – concesión de una patente europea?

No, el proceso para obtener la Patente Unitaria se iniciará tras la concesión de la Patente Europea y su entrada en vigor no supondrá cambio alguno en el procedimiento pre – concesión de las solicitudes de Patente Europeas.

4. ¿Si tengo en trámite la solicitud de una patente? ¿Puedo cambiarla para solicitar la Patente Unitaria?

La Patente Unitaria es un trámite post – concesión de la Patente Europea, no tendrás que cambiar nada mientras tu solicitud de Patente Europea siga en curso.  El plazo para la solicitud del efecto unitario de la Patente Europea es de un mes desde que se publica la concesión.  (Un mes desde la fecha de la “mention to grant”).

Hasta que el sistema entre en vigor, y desde el momento en que Alemania deposite su instrumento de ratificación, se puede pedir el retraso de la concesión hasta después de la entrada en vigor de la Patente Unitaria y/o pedir anticipadamente el efecto unitario de su Patente Europea.

5. ¿Cuándo entra en vigor la Patente Unitaria?

Se prevé su entrada en vigor a finales de 2022: una vez que Alemania presente su instrumento de ratificación y transcurridos 3-4 meses desde dicha presentación. Dando lugar de manera automática y oficial al nacimiento del Tribunal Unificado de Patentes.

6. ¿Qué es el Tribunal Unificado de Patentes?

Entrará en vigor el primer día del cuarto mes posterior al mes en que se deposite la última ratificación exigida por el Acuerdo sobre Tribunal Unificado de Patentes (ATUP).

El Tribunal Unificado de Patentes es un tribunal común para todos los estados miembros contratantes y estará sujeto a las mismas obligaciones en virtud del Derecho de la Unión que cualquier otro tribunal nacional.  Las sentencias del TUP tendrán efecto en todos los países que comprenden su jurisdicción. 

7. Beneficios.

La principal ventaja es la administración centralizada ante la EPO, la que conlleva ventajas directamente relacionadas:

  • Ahorro en tasas de renovación. Las anualidades se pagarán ante la EPO, evitando abonar diferentes tasas por renovación en cada país de validación.
  • No harán falta validaciones nacionales (excepto en aquellos países no firmantes en los que se desee tener protección).
  • Ahorro en costes de traducción. No es necesario aportar traducciones en todos los países. Requisitos de traducción simplificados.
  • El Tribunal Unificado de Patentes pasa a centralizar los tribunales nacionales. Con la consecuente mejora de seguridad jurídica, evitando duplicidades de procedimientos paralelos en múltiples estados miembros y suponiendo la reducción considerable de costes procesales.
  • Registro de las licencias y transferencias mediante un procedimiento unificado.

8. Cuestiones a tener en cuenta antes de optar por la Patente Unitaria:

Desde el punto de vista estratégico, existen algunas cuestiones decisivas que deben ser tenidas en cuenta, tales como:

  • Rendimiento económico. No siempre va a haber ahorro si se desea validar la Patente Europea en pocos países. Se prevé que el régimen de anualidades para la PU se corresponda a las tasas que se pagarían por validar en 4 o 5 países.
  • Revocación centralizada.  A pesar del beneficio de no tener que litigar país por país el demandante se juega todo a una carta, ya que si por ejemplo se declara la nulidad de la Patente Unitaria ante el Tribunal Unificado, esta será aplicable todos los países participantes.
  • Litigios en un nuevo tribunal. Es difícil anticipar cuales van a ser los criterios que primen en la toma de decisiones

9. Exclusión del Tribunal Unificado de Patentes mediante Opt-out

Durante los primeros 7 años a partir de la entrada en vigor del Acuerdo de Tribunal Unificado de Patentes, los titulares o solicitantes de Patentes Europeas no unitarias pueden optar por la exclusión de la jurisdicción del Tribunal Unificado de Patentes, TUP, (denominado Opt-out).

Los titulares de Patentes Europeas no unitarias podrán excluirse de la jurisdicción del TUP, aplicando el Opt-out, tanto respecto de las solicitudes de Patente Europea, como de las Patentes Europeas ya concedidas.

Sin embargo, las solicitudes de Patente Unitaria no pueden ser excluidas en ningún momento y están bajo la jurisdicción exclusiva del Tribunal Unificado de Patentes.

Cabe señalar que una solicitud de Opt-out es reversible en cualquier momento. Si el propietario de una patente decide volver a la jurisdicción del TUP, puede de manera flexible solicitar el Opt-in.

10. ¿Qué sucede si se opta por el sistema del Tribunal Unificado de Patentes? (Non opting-out)

En relación con los procedimientos de infracción y nulidad, durante el periodo transitorio de 7 años, para todas las solicitudes y Patentes Europeas sin efecto unitario tanto el Tribunal Unificado como los tribunales nacionales son competentes.

Por ello, dentro del periodo transitorio, el titular/solicitante de la patente puede optar por excluirse del sistema de TUP siempre que no se haya iniciado ya un procedimiento ante este tribunal. Ya que una vez que el TUP conoce de una acción, no se puede optar por la exclusión, al igual que una vez que un tribunal nacional conoce de una acción en relación con una PE, el titular no puede ejercer el derecho del opt-in.

Así, es de crucial importancia para los solicitantes/titulares de Patentes Europeas analizar su portfolio y decidir en qué casos es conveniente, estratégicamente, solicitar el opt-out y así evitar el riesgo de que terceros puedan interponer una demanda de nulidad que, de prosperar, invalidaría la patente automáticamente en todos los estados firmantes de la Patente Unitaria.

No cabe duda de que el sistema de Patente Unitaria y el Tribunal Unificado de Patentes va a suponer un cambio importante y va a representar un avance que beneficiará la competitividad en la economía europea.  Sin embargo esto tiene que ir inevitablemente acompañado de trabajar una estrategia de IP enfocada a maximizar la protección y a sacarle el mejor partido a la IP.

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