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BREXIT, OPTIMIZACIÓN DE TRÁMITES Y COSTES: Conozca las ventajas de solicitar el registro de sus marcas y diseños en la UE, en este momento
BREXIT, OPTIMIZACIÓN DE TRÁMITES Y COSTES: Conozca las ventajas de solicitar el registro de sus marcas y diseños en la UE, en este momento
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BREXIT, OPTIMIZACIÓN DE TRÁMITES Y COSTES

El Acuerdo de Retirada de la Unión Europea regula los pormenores de la salida de Reino Unido estableciendo un período transitorio que finaliza el próximo 31 de diciembre de 2020.

Durante este periodo, la normativa sobre la Marca de la Unión Europea y los Dibujos o Modelos comunitarios (Diseños Comunitarios) seguirá siendo de aplicación sin cambios, de manera que las nuevas solicitudes seguirán teniendo efectos en todos los países de la Unión Europea, incluyendo el Reino Unido.

El Acuerdo establece además que, todas aquellas marcas y diseños que el 1 de enero de 2021 (una vez finalizado el período transitorio) se encuentren registradas en el ámbito de la UE, pasarán a tener protección también en el Reino Unido de forma automática como registros nacionales (derechos equivalentes), sin necesidad de que el titular tenga que adoptar ningún tipo de medida.

Por el contrario, si las marcas y diseños se encuentran en tramitación el 1 de enero de 2021, sí será necesario que su titular solicite expresamente su registro en el Reino Unido estando previsto que se abone la correspondiente tasa nacional.

Es por ello que recomendamos que, de tener interés en que sus nuevas marcas y diseños tengan cobertura legal en el Reino Unido, soliciten lo antes posible su registro como marca y diseño en la UE para asegurar que, antes de la finalización del período transitorio, van a estar registrados*. De esta manera, favorecemos la continuación de la protección en el Reino Unido sin necesidad de realizar ningún trámite ni asumir costes adicionales.

Por supuesto, estudiaremos su caso de forma individualizada, teniendo en cuenta la cobertura actual de su cartera de marcas, si así lo consideran necesario.

Para cualquier consulta o información adicional, pueden contactarnos en la siguiente dirección brexit@ponsip.com

*De acuerdo a los plazos habituales de concesión, siempre y cuando no existieran oposiciones de terceros o motivos de denegación, el período de tramitación de sus marcas UE es de 4 a 6 meses por lo que podríamos contar con su registro en el Reino Unido antes de la finalización del período transitorio.

 

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