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La protección del software: del contrato al registro
La protección del software: del contrato al registro
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Señales de alerta por una protección de IP deficiente
        • José Carlos Erdozain desgrana en la UNAV los aspectos jurídicos más importantes en el desarrollo y comercialización de apps.

PONS IP ha participado en la jornada que la Universidad de Navarra (UNAV) dedica a la Protección y explotación comercial de software y apps. El director de nuestra Asesoría Jurídica, José Carlos Erdozain, centró su intervención en los aspectos legales que atañen a la protección de la propiedad industrial e intelectual de este sector en constante crecimiento; un universo lleno de particularidades. La jornada, en la que también participó Cristina Alemany, de la Universidad Politécnica de Valencia, atrajo gran atención y asistencia.

Uno de los aspectos más relevantes de la intervención de Erdozain fue su insistencia en la importancia de blindar la parte contractual cuando se contratan servicios para desarrollar programas y aplicaciones. Como explicó el director de la Asesoría Jurídica de PONS IP, “el registro de la propiedad intelectual, en el caso de software, no es siempre lo único. Es importante tener además bien blindada la parte contractual”. De ese modo, aclaró, no surgirán imprevistos: “Los problemas suelen venir por no haber delimitado bien la titularidad del software. Tiene que haber una cesión específica y no se puede presuponer que en un encargo de software la titularidad sea del contratante si no se indica específicamente”.

Durante la jornada se desmontaron además mitos muy extendidos en la industria, como que software libre es sinónimo de gratuito o que es posible patentarlo. También se repasaron los diferentes tipos de licencias de software abierto para ilustrar las situaciones a las que un usuario puede enfrentarse cuando emplea con fines comerciales herramientas o contenidos generados por otros.

 

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