Buscar
Close this search box.
Buscar
Close this search box.
/
/
/
DE PATENTE EUROPEA A PATENTE UNITARIA
DE PATENTE EUROPEA A PATENTE UNITARIA
Comparte la noticia:

¿Qué es la Patente Unitaria?

La Patente Unitaria es un sistema unificado que hace posible, para cualquier titular de una Patente Europea (EP)obtener la protección de su patente hasta en 25 estados miembros de la Unión Europea a través de un único trámite, siempre y cuando las reivindicaciones que se hayan concedido sean idénticas para todos los estados miembro.

¿Cuál es el proceso para beneficiarse del sistema de Patente Unitaria?

El proceso para obtener la Patente Unitaria se iniciará tras la concesión de la Patente Europea, la cual se habrá tramitado y concedido en el marco del actual EPC (European Patent Convention) como hasta ahora.

La entrada en vigor de la Patente Unitaria no supondrá, por tanto, cambios en el procedimiento previo a la concesión de las solicitudes de Patentes Europeas sino que se trata de un sistema post-concesión.

  1. Solicitud del efecto unitario de la Patente Europea concedida:
    Los procesos de presentación, búsqueda, examen y concesión de la patente EP serán idénticos a los actuales.
    Para la solicitud del efecto unitario de la EP concedida el plazo será de un mes desde que se publica la concesión de la Patente Europea. (Un mes desde la fecha de la “mention to grant”).
     
  2. Tasas:
    La solicitud del efecto unitario no conlleva el pago de tasas oficiales adicionales.
     
  3. Traducciones:
    Será necesario aportar una traducción de las reivindicaciones a los otros dos idiomas oficiales que no sean el del procedimiento. Sin embargo, ya que este trámite estará hecho durante el periodo pre-concesión de la solicitud de la patente, no será necesario aportar dicha traducción de nuevo.

    Además, para aquellas EPs que se hayan tramitado en inglés, se deberá aportar una traducción de toda la descripción de la patente en OTRO idioma oficial de la UE. Esta traducción, sin embargo, solo será necesaria durante el periodo de transición de los seis meses iniciales tras la entrada en vigor de la Patente unitaria.
     
  4. Trámite de Oposición:
    No sufre ninguna modificación con respecto al actual y continúa siendo posible interponerlo dentro del periodo de nueve meses desde la mención de concesión como establece el EPC.

Ventajas de la Patente Unitaria:

  1. Evitará que los titulares de las Patentes Europeas tengan que validar de forma independiente su patente en cada uno de los estados firmantes.
     
  2. Ahorro en tasas de renovación. Las anualidades que deben abonarse para Patentes Europeas con efecto unitario se pagarán en la EPO, evitando abonar diferentes tasas por renovación en cada uno de los estados de validación. (Como se hace hasta ahora)
     
  3. No es necesario aportar traducciones en todos los países.
     
  4. Defensa de derechos en un Tribunal Unificado de Patentes (Unified Patent Court). Con la consecuente mejora de seguridad jurídica, evitando duplicidades de procedimientos paralelos en múltiples estados miembros y la reducción considerable de costes procesales.
     
  5. Registro de las licencias y transferencias mediante un procedimiento unificado.

¿Qué países forman parte del acuerdo de Patente Unitaria?

A enero de 2022 son 25 países:

Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, República checa, Dinamarca, Estonia, Finlandia, Francia, Alemania, Grecia, Hungría, Irlanda, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países bajos, Polonia, Portugal, Rumanía, Eslovaquia, Eslovenia y Suecia.

Países que no forman parte del acuerdo de Patente Unitaria:

Países como Reino Unido, España o Croacia no forman parte del acuerdo de la UP, por lo que, si estos países son de interés para el titular de la patente, se deberá validar en ellos de manera independiente. No obstante, los titulares procedentes de estos países no firmantes podrán también acogerse al sistema de la UP para los países que sí lo han ratificado.
 

¿A partir de cuándo puedo solicitar la patente unitaria?

El Protocol to the Agreement on a Unified Patent Court on provisional application (PPA) entró en vigor el pasado 19 de enero, después de que Austria depositara su instrumento de ratificación. Durante este periodo de aplicación provisional, el cual se espera que dure unos ocho meses, se completarán las preparaciones técnicas y de infraestructura para el Tribunal Unificado de Patentes que permitirán que éste comience a operar dentro del marco del sistema de la Patente Unitaria antes de final de año.

Por otra parte, solo desde el momento en que Alemania deposite su instrumento de ratificación (aún pendiente), y antes de la entrada en vigor el sistema de Patente Unitaria, será posible solicitar dos medidas transitorias disponibles para aquellas solicitudes de Patente Europea que hayan alcanzado la fase final del procedimiento de concesión (es decir, para las cuales ya se haya emitido una intención de concesión):

1º Medida Transitoria: Será posible solicitar, para aquellas solicitudes para las cuales ya se haya emitido una comunicación de intención de concesión, el retraso de la publicación de la mención de concesión para que dicha fecha de publicación sea posterior a la entrada en vigor de la Patente Unitaria.

2ª Medida Transitoria: Se permitirá solicitar de manera anticipada el efecto unitario de las solicitudes Patente Europea para las cuales ya se haya emitido una comunicación de intención de concesión.

Si te ha gustado este contenido, compártelo:

Escucha nuestro podcast

“Privilegios de Invención”

PODCAST-Colombia-
Turismo y Propiedad Intelectual en Colombia
En un nuevo episodio de “Privilegios de Invención” esta vez desde LATAM, destacamos la importancia de la propiedad intelectual en...
Imagen-Podcast-4-episodio
Las falsificaciones en la era de la digitalización
El fenómeno de la falsificación ha crecido exponencialmente en las últimas décadas, afectando de manera significativa a las economías desarrolladas....
NEWSLETTER

Toda la Actualidad IP en tu e-mail

Conoce toda la información más actualizada sobre IP para impulsar el desarrollo de tu organización.

Suscríbete a nuestra newsletter bimestral.

En cumplimiento de lo dispuesto en el RGPD, respecto del tratamiento de datos se informa de lo siguiente: Responsable: PONS IP, S.A. (A-28750891). Finalidades: envío de comunicaciones comerciales electrónicas. Legitimación: Consentimiento del interesado [art. 6.1.a) RGPD]. Derechos: Acceder, rectificar, suprimir, limitar u oponerse al tratamiento, solicitar la portabilidad y revocar el consentimiento prestado dirigiendo correo electrónico a rgpd@ponsip.com, incluyendo como referencia "EJERCICIO DE DERECHOS". Más información

Premios y Reconocimientos

Internacionales

Premios y Reconocimientos Internacionales